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Contrato con un socio o distribuidor en Emiratos: qué revisar

Actualizado 5 min de lectura
Área dirigida porUlvi Akhadovabogado internacional
Firma de un documento con bolígrafo
Foto: Cytonn Photography / Unsplash
Índice11
  1. Contrato con un distribuidor o socio en Emiratos: cláusulas que deciden
  2. El distribuidor que se convierte en agente protegido
  3. Ley aplicable, foro e idioma: las tres decisiones que van juntas
  4. Penalizaciones que el tribunal puede corregir
  5. Resolución: sin causa solo si está escrito
  6. Notificaciones: la formalidad que gana o pierde pleitos
  7. Fuerza mayor y limitación de responsabilidad
  8. Quién firma y con qué poderes
  9. Confidencialidad y datos personales
  10. Si el contrato ya está firmado y hay un problema
  11. Preguntas frecuentes

Contrato con un distribuidor o socio en Emiratos: cláusulas que deciden

La exportadora española encuentra un distribuidor en Dubái, o el estudio de arquitectura firma con un promotor, o la pyme tecnológica cierra un acuerdo de servicios con una empresa de zona franca. El contrato lo redacta el departamento jurídico en Madrid a partir de la plantilla habitual, la otra parte lo firma y todos dan por hecho que funciona como en España. No funciona igual. El derecho emiratí es de tradición civilista, como el español, pero con reglas propias sobre lo que un tribunal ejecuta, lo que corrige y lo que ignora. Estas son las cláusulas donde la diferencia cuesta dinero.

El distribuidor que se convierte en agente protegido

Es el riesgo específico del exportador y el menos conocido. En Emiratos existe un régimen especial y protector para los agentes comerciales registrados, que puede hacer muy difícil y costoso terminar la relación. Si su distribuidor local se registra como agente comercial, el contrato que usted redactó puede quedar sometido a reglas que no estaban en el papel. Antes de firmar hay que decidir de forma deliberada qué tipo de relación se pacta, cómo se describe y qué se excluye, y comprobar el estatus del distribuidor. Las condiciones concretas del régimen las verificamos para su caso en la fecha actual.

Ley aplicable, foro e idioma: las tres decisiones que van juntas

  • Ley aplicable. En un contrato mercantil las partes pueden pactar a menudo una ley extranjera, con límites. Pero elegir derecho español sin pactar el foro significa que un tribunal ordinario de Dubái aplicará derecho español a través de traducciones y peritos.
  • Foro. Tribunales ordinarios del emirato, en árabe; DIFC Courts o ADGM Courts, en inglés y con derecho de base anglosajona; o arbitraje, en DIAC o en una institución internacional. Un solo mecanismo: una cláusula de sumisión y otra arbitral en el mismo documento producen un pleito sobre la cláusula.
  • Idioma. En un contrato bilingüe, una línea que diga qué texto prevalece. Los tribunales ordinarios exigirán traducción jurada al árabe en todo caso.

Si su plantilla todavía nombra a DIFC-LCIA: ese centro fue suprimido por el Decreto n.º 34 de 2021; las cláusulas siguen siendo válidas y las administra DIAC, mientras que los asuntos iniciados antes del 20 de marzo de 2022 los administra la LCIA según el acuerdo DIAC-LCIA de 27 de marzo de 2022. Fuera de Emiratos esas cláusulas han sido impugnadas. Un contrato nuevo nombra una institución existente.

Penalizaciones que el tribunal puede corregir

La cláusula penal española suele aplicarse tal cual se pactó. En Emiratos el tribunal puede revisar una pena contractual que no se corresponda con el daño real. Una penalización alta en la plantilla da menos seguridad de la que parece, y el daño que cubre conviene poder documentarlo. Redacción e importe se trabajan antes de firmar.

Resolución: sin causa solo si está escrito

El derecho a desistir con preaviso existe solo si el contrato lo dice expresamente, con plazo y consecuencias: devolución de anticipos, pago de lo ejecutado, entrega. Sin esa cláusula, resolver exige causa, incumplimiento documentado y procedimiento: requerimiento en la forma pactada, plazo de subsanación si lo hay, y solo después la notificación de resolución. Suspender la propia prestación «en respuesta» antes de resolver formalmente entrega a la otra parte una causa contraria.

Notificaciones: la formalidad que gana o pierde pleitos

Un requerimiento que no se envió como dice el contrato no existe jurídicamente. La cláusula necesita direcciones concretas, incluido el correo electrónico si va a valer, el modo de entrega y el momento en que se considera recibido. Un burofax a una dirección que no figura en el contrato prueba que usted reclamó, no que notificó.

Fuerza mayor y limitación de responsabilidad

Ninguna de las dos se sobreentiende. La fuerza mayor se define en el contrato, con lista, procedimiento de aviso y efecto sobre las obligaciones. El tope de responsabilidad y la exclusión de daños indirectos se pactan expresamente. Después se comprueban frente a la ley y el foro elegidos.

Quién firma y con qué poderes

La comprobación más infravalorada y la primera que se impugna. Licencia de la contraparte, documentos constitutivos, poderes del firmante: acuerdo social, poder, estatutos. El sello de la empresa sigue siendo habitual y esperado. Los documentos españoles que vayan a un tribunal o a un registro emiratí pasan por legalización consular y traducción jurada al árabe: Emiratos no forma parte del Convenio de La Haya, la apostilla no basta.

Confidencialidad y datos personales

Emiratos tiene sus propios requisitos y no se sobreentienden. Las cláusulas se incluyen expresamente, en especial cuando hay datos de clientes, empleados o transferencias internacionales.

Si el contrato ya está firmado y hay un problema

Releer el documento entero. Documentar el incumplimiento y enviar el requerimiento exactamente como dice el contrato, con prueba de entrega. Seguir cumpliendo hasta la resolución formal salvo que el contrato diga otra cosa. Conservar la correspondencia en su forma original. Localizar los bienes de la contraparte antes de gastar en un procedimiento. Los plazos de prescripción dependen de la ley aplicable y del tipo de reclamación; los confirmamos para su contrato.

Preguntas frecuentes

¿Podemos pactar derecho español y tribunales de Madrid?

Derecho español, con límites, sí. Tribunales de Madrid son otra cuestión: una sentencia española no tiene una vía convencional hacia Emiratos comparable a la Convención de Nueva York para laudos. Si los bienes de la contraparte están en Emiratos, conviene valorar DIFC Courts o arbitraje.

¿Hace falta el contrato en árabe?

Para firmar, en la mayoría de los casos mercantiles no. Para tribunales ordinarios, registros y notarios, sí hará falta texto árabe o traducción jurada.

¿Vale la firma electrónica?

Se usa en la práctica mercantil; si una forma concreta basta para un documento o un organismo concretos lo confirmamos para su caso, no en general.

Esto es un marco general, no asesoramiento jurídico. El derecho emiratí cambia y los procedimientos difieren entre emiratos y zonas francas. Cada situación se analiza por separado.

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Este artículo responde a la pregunta general. Su respuesta depende de quiénes son sus clientes, dónde está el dinero y qué ya está firmado.

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