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Resolver un contrato en Emiratos sin pasar a ser el incumplidor

Actualizado 5 min de lectura
Área dirigida porUlvi Akhadovabogado internacional
Hoja de papel rasgada
Foto: obsidian too / Unsplash
Índice11
  1. Resolver un contrato con una empresa de Emiratos sin pasar a ser el incumplidor
  2. Antes de dar un paso: el contrato entero
  3. La secuencia que evita la contradenuncia
  4. Resolver sin causa: solo si está escrito
  5. Un aviso para exportadores
  6. Anticipos y penalizaciones
  7. Si le resuelven a usted
  8. A dónde va el conflicto
  9. Plazos
  10. Cuándo ya no hay salida, o no compensa
  11. Preguntas frecuentes

Resolver un contrato con una empresa de Emiratos sin pasar a ser el incumplidor

La empresa española que reclama a su distribuidor, proveedor o socio en Dubái suele llegar con el mismo error ya cometido: el otro incumplió y nosotros dejamos de pagar o de suministrar «en respuesta». Un mes después, el requerimiento va dirigido a nosotros. En Emiratos el orden de los pasos pesa tanto como la razón de fondo, y desde España, con la distancia y los documentos por legalizar, el orden se vuelve todavía más importante.

Antes de dar un paso: el contrato entero

No solo la cláusula de resolución. Hacen falta las causas de resolución; el plazo de preaviso; el plazo de subsanación si lo hay; la forma y las direcciones de notificación; la ley aplicable; el foro. Y una cláusula que se olvida: si el contrato le permite suspender su propia prestación mientras la otra parte incumple. Si no lo dice, suspender es incumplir.

La secuencia que evita la contradenuncia

  1. Requerimiento por escrito, en la forma y a las direcciones que dice el contrato, describiendo el incumplimiento y exigiendo subsanarlo.
  2. Plazo de subsanación, si el contrato lo prevé o la ley aplicable lo exige. Resolver antes de que venza es lo primero que se impugna.
  3. Notificación de resolución: documento aparte, tras el plazo, con la causa y la fecha de resolución.
  4. Liquidación de la posición a la fecha de resolución: qué se entregó, qué se pagó, qué debe devolverse.
  5. Devolución de anticipos, bienes y documentos por procedimiento, no «cuando les venga bien».

Cada paso con prueba de envío y recepción. Aquí aparece un problema propio del reclamante español: un burofax a una dirección que no figura en el contrato prueba que reclamó, no que notificó válidamente. La notificación se hace como dice el contrato, y si el contrato calla, se resuelve antes de enviar nada.

Resolver sin causa: solo si está escrito

El derecho a desistir con preaviso existe solo donde el contrato lo concede expresamente, con plazo y consecuencias: devolución de anticipos, pago de lo ejecutado, entrega de resultados. Sin esa cláusula, salir exige causa. La fuerza mayor es otra vía y solo funciona dentro de la definición que da el contrato y con el procedimiento de aviso que prevé.

Un aviso para exportadores

Si su contraparte es un distribuidor que se ha registrado como agente comercial, la relación puede estar sometida a un régimen protector especial que hace la terminación mucho más difícil y costosa de lo que dice el contrato. Antes de notificar nada, se comprueba el estatus del distribuidor; las condiciones concretas de ese régimen las verificamos en la fecha actual.

Anticipos y penalizaciones

Lo que ocurre con el dinero ya pagado lo deciden el contrato y la ley aplicable, no quién se siente agraviado. Una pena contractual puede ser revisada por un tribunal emiratí si no se corresponde con el daño real, así que la penalización alta de la plantilla es menos segura de lo que parece. Documente el daño, no solo la cláusula.

Si le resuelven a usted

No discuta por teléfono. Compruebe si siguieron el procedimiento: forma, direcciones, plazo de subsanación, causa. Su incumplimiento del procedimiento es su argumento, pero solo si usted no lo incumplió antes. Conteste por escrito en el plazo que fija el contrato, con su posición y sus reclamaciones sobre la liquidación. Y deje constancia del estado de ejecución a la fecha de su notificación, antes de que lo hagan ellos.

A dónde va el conflicto

El foro del contrato: tribunales ordinarios del emirato, DIFC Courts o ADGM Courts, o arbitraje en DIAC o en una institución internacional. Intentar un tribunal «cómodo» al margen de la cláusula se pierde en la fase de competencia.

Medidas cautelares si la otra parte puede mover activos o retener sus bienes: embargo, prohibición de disponer. Cuanto antes.

Una terminación pactada suele ser más barata que un pleito sobre la culpa. El acuerdo de resolución, con calendario de devoluciones y renuncia recíproca, se pone por escrito en forma ejecutable.

Para actuar desde España hace falta representante con poder; el poder notarial español y cualquier documento que vaya a un tribunal emiratí pasan por legalización consular y traducción jurada al árabe, porque Emiratos no forma parte del Convenio de La Haya.

Plazos

Los plazos contractuales para el requerimiento, la subsanación y la notificación son vinculantes; incumplirlos debilita la posición aunque el otro fuera el incumplidor. Los plazos de prescripción dependen de la ley aplicable y del tipo de reclamación; los confirmamos para su contrato. Si la otra parte ya envió su requerimiento, la respuesta se prepara en el plazo contractual, no «cuando lo hayamos estudiado».

Cuándo ya no hay salida, o no compensa

  • Usted dejó de cumplir antes de resolver formalmente; la otra parte tiene ahora una causa contraria.
  • No hubo requerimiento en la forma prevista y los plazos han pasado.
  • No hay causa, y el contrato no da derecho a desistir; queda la salida negociada.
  • El contrato se firmó sin poderes o lleva el conflicto a un foro desfavorable.

En esos casos es más honesto calcular una terminación pactada que un pleito sobre quién tuvo la culpa.

Preguntas frecuentes

¿Podemos resolver sin motivo?

Si el contrato concede ese derecho expresamente, sí, por su procedimiento. Si no, hace falta causa.

La otra parte ya ha incumplido. ¿Podemos dejar de pagar?

Solo si el contrato permite expresamente suspender la prestación por incumplimiento de la otra parte. Sin esa cláusula, retener el pago es su incumplimiento.

¿Vale un correo electrónico como notificación de resolución?

Solo si el contrato dice que las notificaciones por correo a esa dirección valen. Si no, es prueba de intención, no notificación válida.

Esto es un marco general, no asesoramiento jurídico. El derecho emiratí cambia y los procedimientos difieren entre emiratos y zonas francas. Cada situación se analiza por separado.

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