IVA en Emiratos frente al IVA español: lo que cambia de verdad
Una empresa española que abre en Emiratos llega con el IVA aprendido: repercutido, soportado, modelos trimestrales, operaciones intracomunitarias. Buena parte de eso sirve. Pero hay cuatro cosas que no existen o funcionan al revés, y en ellas se concentran los errores del primer año. Empezamos por ahí.
Lo que no existe en Emiratos
Ni operaciones intracomunitarias ni recargo de equivalencia. Una venta a un cliente en España es una exportación, y se examina con las reglas emiratíes de lugar de realización y de exportación, no con el marco europeo. El número de IVA intracomunitario español no pinta nada aquí.
Ni tipos reducidos. Un solo tipo general del 5 %, más operaciones al tipo cero y operaciones exentas. La distinción entre tipo cero y exención importa igual que en España: el tipo cero da derecho a deducir el IVA soportado; la exención no.
Ni registro automático con la licencia. El alta en el IVA se hace ante la FTA a través de EmaraTax y es independiente del alta en el impuesto de sociedades; una no arrastra a la otra y las declaraciones van por separado. No registrarse a tiempo en el impuesto de sociedades cuesta AED 10 000; las sanciones del IVA se fijan aparte y las confirmamos en la fecha actual.
Ni umbral en euros. Registro obligatorio cuando las operaciones sujetas de los últimos 12 meses superan AED 375 000 o se prevé superarlos a corto plazo, en una ventana de previsión que fija la ley y que confirmamos en la fecha actual; registro voluntario desde AED 187 500 de operaciones o gastos sujetos. Las operaciones al tipo cero cuentan para el umbral; las exentas no. Un exportador puro con AED 400 000 de facturación está obligado a registrarse.
Lo que sí funciona como en España
Repercutir en las ventas sujetas, deducir el IVA soportado con factura completa, declarar por períodos con pago en el mismo plazo, y la inversión del sujeto pasivo en servicios recibidos del extranjero: la empresa emiratí se autorrepercute el IVA y lo deduce en la misma declaración si tiene derecho. Un proveedor español que factura servicios a la sociedad emiratí no incluye IVA en el precio; el impuesto nace en Emiratos, en el cliente.
Exportar servicios a España al tipo cero
Es donde más dinero pierden consultoras y empresas de software. El tipo cero en la exportación de servicios se aplica cuando el destinatario está fuera de Emiratos y no está presente aquí mientras se presta el servicio, y el servicio no es de los que tienen el lugar de realización fijado en Emiratos. «El cliente está en Madrid» es una afirmación; la prueba son el contrato, la localización del cliente, la correspondencia y los pagos, guardados operación a operación en el momento. Un servicio prestado a una empresa española pero consumido en Dubái —por su personal desplazado, por ejemplo— no va al tipo cero.
Zonas designadas
Algunas zonas francas se tratan como fuera de Emiratos para bienes, bajo condiciones. Afecta a la entrada y salida de mercancía; no afecta a los servicios y no tiene nada que ver con el régimen del impuesto de sociedades en zona franca. Que la sociedad sea Qualifying Free Zone Person no cambia su IVA. Si su zona es designada y en qué condiciones, se comprueba en la lista vigente del Consejo de Ministros, no en el folleto de la zona.
El orden correcto
- Clasificar cada flujo de ingresos como sujeto al 5 %, tipo cero o exento, por contrato.
- Calcular las operaciones sujetas de los últimos 12 meses y la previsión a corto plazo.
- Decidir si el registro es obligatorio, voluntario o todavía no posible.
- Darse de alta en EmaraTax, aparte del impuesto de sociedades.
- Configurar las facturas con el contenido obligatorio: sin factura correcta, el cliente no deduce.
- Declarar y pagar por el período que asigne la FTA.
- Archivar la prueba de cada operación al tipo cero y de cada deducción.
Errores del primer año
- Suponer que exportar equivale a no tener que registrarse
- Aplicar el tipo cero sin pruebas
- Facturas sin los datos obligatorios
- Registrarse «por si acaso» y cargar con declaraciones periódicas innecesarias
- Creer que la zona franca exime del IVA
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir el IVA de los gastos anteriores al alta?
Es posible bajo condiciones que fija la FTA; el plazo y los requisitos se confirman al registrarse.
¿Mis facturas a clientes españoles llevan IVA emiratí?
Si se cumplen las condiciones de exportación, van al tipo cero con prueba documental. Si no, al 5 %.
¿Sirve mi contabilidad española para el IVA emiratí?
Sirve la lógica, no los códigos: hay que parametrizar cada operación con el tratamiento emiratí y guardar las facturas y pruebas contra cada asiento.
Esto es un marco general, no asesoramiento jurídico. El derecho emiratí cambia y los procedimientos difieren entre emiratos y zonas francas. Cada situación se analiza por separado.
